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Agresión sexual en la universidad

Jim Klepper de Drivers Legal Plan

Jim C. Klepper

ABOGADO EN LA LEY

800-333-DRIVE

Enviaremos a nuestro hijo a la universidad este otoño y nos gustaría aconsejarle sobre la agresión sexual en la universidad. Somos de un pequeño pueblo rural y conduzco para ganarme la vida, lo que significa que su madre pasa mucho tiempo sola en casa, pero queremos que nuestro hijo vaya a la universidad. No pudimos ir, pero creemos que es importante que nuestros hijos tengan una mejor oportunidad para su futuro, si es posible. ¿Qué debería decirle a mi hijo para que esté al tanto de los posibles problemas en la universidad?

¡Felicitaciones por tener un hijo que va a la universidad! La experiencia y la educación universitarias lo beneficiarán toda la vida. Es la decisión correcta.

Las leyes sobre agresión sexual varían según el estado, pero algunas normas son válidas en todas partes. La agresión sexual se define con mayor frecuencia como contacto sexual involuntario debido al uso de coerción, fuerza o incluso la incapacidad de la víctima, como estar intoxicada e incapaz de dar su consentimiento. Estas leyes abarcan las acciones entre dos personas, no solo entre un hombre y una mujer, y se aplican también a la pareja. Deberá consultar el estado donde ocurrió la agresión para ver las leyes aplicables.

La definición de violación del Departamento de Justicia de Estados Unidos es:

La penetración, por leve que sea, de la vagina o el ano con cualquier parte del cuerpo u objeto, o la penetración oral por un órgano sexual de otra persona, sin el consentimiento de la víctima.

La ley federal también prohíbe la agresión sexual. 18 USC § 2242 – Código de los EE. UU. – Título 18 sin anotaciones. Delitos y procedimiento penal § 2242. Abuso sexual.

Cualquiera que, en la jurisdicción marítima y territorial especial de los Estados Unidos o en una prisión federal, o en cualquier prisión, institución o instalación en la que se mantengan personas bajo custodia por orden o en virtud de un contrato o acuerdo con el jefe de cualquier departamento o agencia federal, a sabiendas, haga que otra persona participe en un acto sexual amenazándola o infundiéndole miedo (excepto amenazarla o infundirle miedo de que cualquier persona será sometida a muerte, lesiones corporales graves o secuestro); o

Participa en un acto sexual con otra persona si esa otra persona es:

Incapaz de apreciar la naturaleza de la conducta; o

Físicamente incapaz de negarse a participar en ese acto sexual o de comunicar su falta de voluntad para participar en dicho acto sexual;

O intente hacerlo, será multado según este título y encarcelado por cualquier período de años o de por vida.

El Fiscal General de Illinois publicó la siguiente información en su sitio web: www.illinoisattorneygeneral.gov

Los incidentes de agresión sexual en los campus universitarios son generalizados. La Oficina de Estadísticas Judiciales del Departamento de Justicia de EE. UU. descubrió que, en promedio, el 20.5 % de las mujeres universitarias habían sufrido agresión sexual desde su ingreso a la universidad. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades descubrieron que una de cada cinco mujeres sufrió agresión sexual a lo largo de su vida. Además, la gran mayoría de estos incidentes no se denuncian. Según un estudio de la Asociación Americana de Universidades, las tasas de denuncia de algunos tipos de agresión eran tan bajas como el cinco %.

El problema con las universidades y su aplicación del Título IX, en mi opinión, es la falta de debido proceso para los estudiantes acusados de agresión sexual. Mi trabajo como abogado defensor es cumplir la ley para mis clientes, lo que incluye el debido proceso para el acusado. No me malinterpreten, me opongo firmemente a cualquier forma de agresión sexual, como a cualquier delito violento, pero los acusados tienen derechos.

Las universidades ofrecen orientación para estudiantes de primer año para ayudar a todos los nuevos estudiantes a aprender qué hacer y qué se espera de ellos en la universidad. Les informarán sobre sus derechos como estudiantes, la diversidad, las agresiones sexuales, el estudio e incluso qué deben comer para mantenerse sanos y evitar el aumento de peso propio del primer año. Se asegurarán de que todos los estudiantes sepan que el consentimiento para la actividad sexual debe darse con conocimiento. Lo hacen porque lo exige la ley y han constatado que los estudiantes necesitan la información.

Las defensas contra la agresión sexual pueden basarse en el consentimiento y la inocencia. La defensa por consentimiento se da cuando el acusado puede admitir la conducta sexual, pero la víctima dio su consentimiento y una persona razonable creería que lo dio. Sin embargo, el consentimiento nunca aplica con menores de edad, ya que los estados tienen leyes que establecen que, por ley, los menores no tienen la capacidad de consentir relaciones sexuales. La víctima no puede consentir si está intoxicada por drogas o alcohol, o por incapacidad física o mental. Esto significa que si está demasiado ebria, drogada, desmayada o carece de capacidad mental para consentir, entonces no existe consentimiento.

Además, existen castigos para los delincuentes sexuales que pueden perseguirlos de por vida. Muchos estados exigen que los delincuentes sexuales convictos se registren como tales, lo que implica restricciones de residencia, como no vivir cerca de escuelas, y, por supuesto, la Ley Megan, que exige que cada estado proporcione información sobre la ubicación de los delincuentes sexuales convictos. Esta ley exige que el delincuente sexual se registre en una lista que pone a disposición del público la información de los delincuentes sexuales registrados.

La búsqueda de delincuentes sexuales condenados de la Oficina de Investigaciones de Colorado se encuentra en https://apps.colorado.gov/apps/dps/sor/?SOR=home.caveat y es un buen ejemplo de lo que puede encontrar en el Registro de delincuentes sexuales condenados de cada estado.

En el Wall Street Journal del 20 de septiembre de 2017, David J. Habeger escribió la siguiente carta al editor del WSJ en respuesta a un artículo “Charla directa para mujeres universitarias” de Jennifer C Braceras en el WSJ del 12 de septiembre de 2017:

Hasta que las normas revisadas entren en vigor, mi consejo claro para los universitarios de hoy es que no salgan con mujeres de la universidad a la que asisten. Ni siquiera compartan mesa con ellas en la cafetería del campus, no les hablen de camino a clase ni de vuelta, y, por supuesto, no hagan nada agresivo como chocarles los cinco después de un touchdown en el partido de fútbol americano del sábado. No les hablen, no se comuniquen con la mirada, no les abran la puerta. Cualquier cosa que hagan o digan puede ser usada en su contra. Cualquier contacto físico podría provocar el fin casi irreversible de su carrera académica. Échense cera en los oídos si es necesario.

David J. Habeger

La universidad es una etapa maravillosa en la vida estudiantil. Asegúrate de hablar con tu hijo sobre la necesidad, o mejor dicho, el requisito, de obtener un consentimiento informado antes de participar en cualquier tipo de comportamiento sexual. Anímalo a conversar con sus amigos de la universidad para que conozca mejor la postura de su universidad sobre el Título IX.

Jim C. Klepper Jim es presidente de Interstate Trucker Ltd., un bufete de abogados dedicado exclusivamente a la defensa legal de los conductores comerciales del país. Interstate Trucker representa a conductores de camiones en los cuarenta y ocho (48) estados en infracciones de tráfico, tanto en movimiento como en reposo. Jim también preside Drivers Legal Plan, que permite a los conductores miembros acceder a los servicios de su bufete con importantes descuentos. Jim, exfiscal, también es farmacéutico colegiado con amplia experiencia en casos relacionados con el alcohol y las drogas. Es un abogado especializado en derecho del transporte, especialmente en la industria del transporte por carretera. Trabaja para responder a sus preguntas legales sobre el transporte por carretera y la vida en carretera, y cuenta con su licencia de conducir comercial.

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