Soy, y siempre he sido, un gran fanático de las sorpresas.
Me refiero a las buenas sorpresas. Cosas como encontrar $20 extra en el bolsillo de tus vaqueros, o que un amigo te diga: "Yo invito las bebidas". Siempre me alegran el día... aunque esto último a veces me lleve a tomar decisiones lamentables. Pero me estoy desviando del tema.
Sin embargo, lo que no me gusta son las "sorpresas" que suelo encontrarme en los primeros meses de cada año. Siendo sincero, no puedo llamarlas sorpresas, ya que la mayoría son regulatorias y ya se ha notificado la entrada en vigor de la nueva regulación o requisito. Lo sé. Lo sé. Me dijeron que estas cosas iban a venir, pero es el gobierno federal. Después de toda una vida lidiando con ellos, ¿por qué iba a tomarme en serio sus plazos? Sí, tienes razón, esta postura me hace cínico y perezoso. A esto digo... bueno, nada, porque soy demasiado perezoso para discrepar.
La sorpresa/no sorpresa más reciente que tendrá un gran impacto en la industria del transporte por carretera es una pequeña cosa llamada Ley de Transparencia Corporativa.
La Ley de Transparencia Corporativa (CTA) se promulgó en 2021 y entró en vigor el 1 de enero de 2024. Su objetivo es detectar casos como el fraude fiscal, el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo mediante la recopilación de información adicional sobre la propiedad de ciertas empresas estadounidenses que operan en el mercado estadounidense o acceden a él. Según el Congreso, la CTA impedirá que se oculten o se beneficien de la propiedad de empresas estadounidenses para realizar operaciones ilegales. Según el Congreso, esta es una táctica ampliamente utilizada por actores maliciosos que afecta la seguridad nacional y la integridad económica.
Debo decir que estoy muy a favor de la lucha contra el terrorismo, y todo esto parece una buena idea. Sin embargo, ¿cómo funciona?
Bueno, me alegro de que lo preguntes...
A partir del 1 de enero de 2024, casi todas las pequeñas empresas deberán presentar un informe de información del propietario beneficiario (“BOI”) ante la Red de Control de Delitos Financieros (“FinCEN”) del Departamento del Tesoro que identifique a las personas asociadas con la empresa que informa.
Bueno... genial, dirás. ¿Pero esto me afectará? Lamentablemente, ¡lo más probable es que la respuesta sea SÍ!
Como todos sabemos, muchos propietarios-operadores y pequeños transportistas operan como sociedades de responsabilidad limitada (LLC) de un solo miembro u otros tipos de entidades comerciales. ¡Ding, ding, ding!... Si opera una entidad de este tipo en EE. UU., la CTA dice que es un ganador y deberá presentar una Junta de Inversiones (BOI). ¡Qué suerte!
Bien, necesito presentar la declaración... ¿Qué información se requiere? En resumen, si su empresa se creó en 2024, deberá incluir solo la información básica (en tono irónico), que incluye: los beneficiarios finales (aquellos que poseen más del 25 % de participación en la entidad) y los nombres, direcciones, fechas de nacimiento, números de identificación (como el número de licencia de conducir o pasaporte) y la jurisdicción de los documentos del solicitante. Además, todas las empresas que presentan informes deben proporcionar su nombre legal y marcas registradas, la dirección actual en EE. UU. de su sede principal o, si se trata de una empresa extranjera, la ubicación operativa en EE. UU., el número de identificación fiscal y la jurisdicción donde se constituyó o registró la entidad.
Como muestra de generosidad, las empresas constituidas ANTES del 1 de enero de 2024 pueden omitir el requisito de identificar a los solicitantes. ¡Genial!
Bien, es mucha información para reportar. ¿Cuándo y cómo debo reportarla? Las entidades de transporte creadas ANTES del 1 de enero de 2024 deben presentar el informe antes del 1 de enero de 2025. Sin embargo, las entidades creadas después del 1 de enero de 2024 deben presentar su informe a la Junta de Inversiones (BOI) dentro de los 90 DÍAS POSTERIORES A LA CREACIÓN DE LA ENTIDAD.
Ahora, para hacer de abogado del diablo, supongamos que se ocupa y olvida presentar su BOI. ¿Qué sucederá? La respuesta es nada bueno. Incumplir el plazo de presentación puede resultar en sanciones civiles y penales. Las sanciones civiles incluyen una multa de hasta $500 por cada día que persista la infracción. Las sanciones penales pueden incluir hasta dos (2) años de prisión y una multa de hasta $10,000.00.
Como puede ver, las sanciones son considerables. Además, dirigir una pequeña empresa requiere mucho trabajo y tiempo.
Consumir. Dada la importancia de cumplir con esta nueva ley, le recomendamos trabajar con un tercero calificado, como un bufete de abogados o de contabilidad, para garantizar que la información presentada sea correcta y se entregue a tiempo.
Por supuesto, hay algunas excepciones a la CTA y este artículo contiene todos los detalles (recuerde mi comentario anterior sobre ser perezoso), por lo que le sugiero que revise la CTA usted mismo o consulte con un profesional.